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Gestionar una herencia entre Francia y España: Trampas transfronterizas que hay que evitar

  • Foto del escritor: François Siguié
    François Siguié
  • hace 1 día
  • 2 Min. de lectura

Afrontar la pérdida de un ser querido es una experiencia difícil. Cuando el fallecido deja bienes repartidos en varios países, las complejidades legales y administrativas pueden agravar rápidamente el dolor.

Hoy en día, muchos franceses optan por invertir al otro lado de los Pirineos. Pero ¿qué ocurre realmente al liquidar una herencia que involucra bienes ubicados en Francia y España?

La situación: Un patrimonio fragmentado entre dos países

Tomemos un caso muy común en nuestro estudio. Uno de nuestros clientes, ciudadano francés que residía habitualmente en nuestra región, falleció. Dejó a su actual esposa y dos hijos de un matrimonio anterior.

Sus activos consisten en:

  • De residencia principal y cuentas bancarias en Francia.

  • Desde una segunda residencia situada en España (por ejemplo en Cataluña o Andalucía).

No había hecho ningún arreglo específico durante su vida (ni testamento ni donación conyugal internacional). La familia se enfrenta ahora a un verdadero dilema legal y fiscal.


Los retos del derecho franco-español: ¿Qué derecho se aplica?

Aquí es donde entra en juego el derecho internacional privado. Históricamente compleja, la liquidación de una herencia de este tipo plantea inmediatamente un conflicto de leyes:

  • ¿Se debe aplicar la legislación francesa, del país de residencia y de la nacionalidad del fallecido?

  • ¿Debe aplicarse el derecho español a los bienes inmuebles situados en su territorio?

  • ¿Cuáles son los derechos exactos del cónyuge sobreviviente con respecto a los hijos del primer matrimonio, dado que las reglas de herencia forzosa difieren de un país a otro?

El Reglamento Europeo sobre Sucesiones ciertamente ha aportado aclaraciones, pero su interacción con el derecho francés y español requiere conocimientos especializados para determinar con precisión quién hereda qué y cómo.


Riesgo fiscal: Cuidado con la doble imposición

Más allá de la distribución de bienes, se encuentra la cuestión crucial del impuesto de sucesiones. El derecho tributario franco-español tiene sus propias normas territoriales. Sin un análisis exhaustivo del convenio fiscal bilateral firmado entre ambos países, los herederos se exponen a un riesgo importante: la doble imposición entre Francia y España.

De hecho, cada país puede reclamar el derecho a gravar la transferencia de bienes inmuebles o cuentas bancarias españolas. Sin la orientación adecuada para activar los mecanismos de deducción y compensación fiscal adecuados, la factura fiscal total puede ser muy elevada para los herederos.


Un acuerdo de herencia bajo estrecha vigilancia

En tal contexto, una falta de previsión o una interpretación errónea de los textos internacionales puede llevar a:

  • La congelación prolongada de las cuentas bancarias de la familia.

  • La imposibilidad de vender el inmueble situado en España.

  • Tensiones familiares relacionadas con la copropiedad internacional.

La liquidación de una herencia internacional no es algo que se pueda improvisar y cada detalle cuenta, desde la obtención del NIE (Número de Identificación de Extranjeros) en España hasta la redacción de la escritura notarial francesa.


¿Se enfrenta a una herencia internacional o desea planificar la transferencia de sus bienes al extranjero? La participación de su notario es esencial para garantizar la fluidez de sus trámites y optimizar su situación fiscal. Contacte con nuestro despacho para una consulta personalizada y analizar sus circunstancias específicas.

 
 
 

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